Funciones

El Instituto Español de Oceanografía (IEO) es un Organismo Público de Investigación (OPI), adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, que se dedica al I+D+i en ciencias y tecnologías del mar.

El IEO es un OPI sectorial que centra sus esfuerzos de forma prioritaria en el conocimiento científico de los océanos, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y el medio ambiente marino.

Los OPI son instituciones de investigación de carácter público de ámbito nacional que, junto con las universidades, forman el núcleo básico del sistema público de I+D español, ya que ejecutan la mayor parte de las actividades programadas en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

Las funciones que la Ley de la Ciencia establece para los OPI son:

  • Gestionar y ejecutar los Programas Nacionales y Sectoriales que les sean asignados en el Plan Nacional y, en su caso, los derivados de convenios firmados con Comunidades Autónomas, así como desarrollar los programas de formación de investigadores que en dicho Plan les sean encomendados.
  • Contribuir a la definición de los objetivos del Plan Nacional y colaborar en las tareas de evaluación y seguimiento de los mismos.
  • Asesorar en materia de investigación científica e innovación tecnológica a los Organismos dependientes de la Administración del Estado o de las Comunidades Autónomas que lo soliciten.
  • Cualquier otra que les sea encomendada por la Administración competente.

Dentro del marco antes descrito, el IEO distribuye sus diversos cometidos mayoritariamente en tres grandes áreas: pesca, medio marino y acuicultura. En todos ello realiza investigación básica y aplicada, asesora científica y tecnológicamente a las distintas administraciones en asuntos relacionados con la oceanografía y las ciencias del mar. Según la Ley de Pesca Marítima de 2001, el IEO es el organismo investigador y asesor para la política sectorial pesquera del Gobierno. El IEO también es el organismo asesor del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Rural y Marino en lo referente a la Ley de Protección del Medio Marino. Además, es el representante científico y tecnológico de España en la mayoría de los foros y organismos internacionales relacionados con el mar y sus recursos.

En el Real Decreto 718/2010, de 28 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1950/2000, de 1 de diciembre, se establece que el Instituto Español de Oceanografía tiene como misión la investigación y el desarrollo tecnológico, incluida la transferencia de conocimientos, sobre la mar y sus recursos.

"Para cumplir el fin señalado en el apartado anterior este R.D. considera al IEO como medio Propio de la AGE", corresponde al IEO el ejercicio de las siguientes funciones:

  • Elaborar, coordinar y gestionar los programas de investigación y desarrollo tecnológico sobre los recursos vivos marinos en los distintos mares y océanos, incluidos la investigación y el desarrollo tecnológico aplicados a los cultivos marinos, con especial referencia a los que sean de interés para el sector pesquero español.
  • Elaborar, coordinar y gestionar los programas de investigación de carácter oceanográfico multidisciplinar, con especial atención a su influencia en los recursos vivos, de acuerdo con las directrices de la Secretaría de Estado de Investigación, y en coordinación con la Secretaría General del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
  • Representar al Estado en los foros científicos internacionales relacionados con la oceanografía y las pesquerías, en coordinación con los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y de Medioambiente, y Medio Rural y Marino. El IEO tendrá la consideración de organismo de referencia para la declaración de zonas de protección pesquera, áreas marinas protegidas y otros espacios.
  • Informar sobre los proyectos de normas que se le sometan a consulta y que incidan en los recursos vivos marinos.
  • Informar a los órganos administrativos competentes sobre las solicitudes de realización de campañas de investigación por parte de terceros países en aguas de soberanía española.
  • Colaborar con organismos públicos y privados, tanto nacionales como internacionales, para la realización de proyectos de investigación y otras actividades de carácter científico y tecnológico, con atención prioritaria a los objetivos de investigación oceanográfica-pesquera al servicio de la política pesquera del Estado.
  • Coordinar y cooperar en los programas de investigación internacionales, a través de la Secretaría de Estado de Investigación, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
  • Atender prioritariamente los objetivos de investigación oceanográfica-pesquera al servicio de la política pesquera del Estado.