FUNCIONES DEL IEO
En
el Real Decreto 1950/2000, de 1 de diciembre, se establece
que el Instituto Español de Oceanografía tiene como
finalidad el estudio de la mar y sus recursos. Para
cumplir este objetivo, corresponde al IEO el ejercicio de las siguientes
funciones: a) Elaborar, coordinar y gestionar los programas de investigación sobre los recursos vivos marinos en los distintos mares y océanos que sean de interés para el sector pesquero español, incluyendo investigaciones aplicadas a los cultivos marinos.
b) Elaborar, coordinar y gestionar los programas de investigación de carácter oceanográfico multidisciplinar, con especial atención a su influencia en los recursos vivos.
c) Representar al Departamento en los foros internacionales relacionados con la oceanografía y las pesquerías.
d) Informar sobre los proyectos de normas que se le sometan a consulta y que afecten a la extracción de recursos vivos marinos.
e) Informar a los órganos administrativos competentes sobre las solicitudes de realización de campañas de investigación por parte de terceros países en aguas de soberanía española.
f) Establecer convenios con organismos públicos y privados, tanto nacionales como internacionales, para la realización de proyectos de investigación y otras actividades de carácter científico y tecnológico.
g) Coordinar y cooperar en los programas de investigación internacionales, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Ministerio de Asuntos Exteriores.


